lunes, 2 de septiembre de 2013

sobre las vacaciones y el periodo I.T. Tribunal Europeo

TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA
Sentencia de 21 de junio de 2012
Sala Quinta
Asunto n.º C-78/11

SUMARIO:

Vacaciones e incapacidad temporal. La normativa comunitaria se opone a disposiciones nacionales que establezcan que un trabajador que se encuentre en situación de incapacidad laboral sobrevenida durante el periodo de vacaciones anuales retribuidas no tiene derecho a disfrutar posteriormente de las vacaciones anuales coincidentes con el periodo de incapacidad laboral.
Sería aleatorio y contrario a la finalidad de las vacaciones concederlas únicamente a condición de que el trabajador ya se encuentre en situación IT cuando se inicie el periodo de vacaciones anuales retribuidas. 
El nuevo periodo de vacaciones que se corresponda con la duración del solapamiento entre el inicialmente fijado y la baja por enfermedad, del que el trabajador puede disfrutar una vez dado de alta médica, puede fijarse fuera del periodo de referencia de las vacaciones anuales en cuestión.


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